domingo, 1 de mayo de 2011

Derecho Civil como Derecho Común


El Derecho Civil es el conjunto de normas jurídicas y de principios que regulan las relaciones personales o patrimoniales entre las personas privadas o públicas tanto físicas como jurídicas necesitadas de protección.
  • El Derecho civil es el derecho privado común y general de los países:

Derecho civil como Derecho privado:

El Derecho civil ha sido desde la época del Derecho Romano el conjunto de normas que constituyen el Derecho privado, entendiendo por tal a aquel que regula las relaciones entre las personas. Se oponía, por tanto, al Derecho público, que regula las relaciones de las personas con los poderes del estado y de los poderes públicos entre sí.

Derecho civil como Derecho común

Las normas del Derecho civil se aplican a todas las materias de Derecho privado que no tengan una regulación especial de carácter legal. La evolución del derecho, y su especialización, hicieron nacer ramas específicas del Derecho privado como el Derecho Mercantil. Estas ramas tienen en común el hecho de mantener como Derecho supletorio al Derecho civil, que se instituye así como Derecho común.

Derecho civil como Derecho general:

Derecho civil contiene normas que regulan las relaciones jurídicas privadas aplicables a todos los individuos, independientemente de factores como nacionalidad, profesion o religion etc. Se aplica a todos los que se hallan en la misma situación jurídica social.

  • Como conclusión, decir que el derecho civil es el derecho de las personas que nos acompaña a lo largo de nuestras vidas desde nuestro nacimiento hasta el momento de nuetra muerte, regulando desde las relaciones más importantes hasta las más sencillas y también es un derecho supletorio como bien recoge el Código Civil en su articulo 3 en el apartado 4 "Las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras Leyes".

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